En desarrollo de este principio debemos empezar por recordar que
todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. Ahora bien, en el ámbito
laboral, se establece que todos los trabajadores deben ser tratados con las
mismas normas y garantías, sin que exista la posibilidad de preferencias o
beneficios de unos frente a otros, por razón de su carácter intelectual o su
labor, es decir, que la normatividad que regula la materia se debe aplicar
íntegramente a los trabajadores sin considerar aspectos subjetivos sino solamente
la condición de trabajar.
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