Como primera medida para construir el fundamento conceptual que
respalda la escogencia de los principios del Derecho del Trabajo es necesario
determinar que entendemos por principios aquellas “normas que ordenan que se
realice algo en la mayor medida posible, en relación con las posibilidades
jurídicas y fácticas. Los principios son, por consiguiente, mandatos de
optimización que se caracterizan porque pueden ser cumplidos en diversos grados
y porque la medida ordenada de su cumplimiento no sólo depende de las
posibilidades fácticas, sino también de las posibilidades jurídicas. El campo
de las posibilidades jurídicas está determinado a través de principios y reglas
que juegan en sentido contrario”.
En ese orden de ideas, cada uno de los institutos jurídicos cuyo
contenido entraremos a construir y analizar con soporte en la doctrina y la
jurisprudencia, constituye un mandato de integración, optimización y
armonización de los fundamentos del Derecho del
Trabajo, situación que hace indispensable e imprescindible tenerlo
en cuenta para el correcto ejercicio y comprensión de la totalidad de las
instituciones propias del Derecho del Trabajo.
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